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Descubre los cambios en la nueva norma de las terrazas en Cáceres: esto es lo que podrás hacer y lo que no

Imagen de archivo de una terraza. EFE
Imagen de archivo de una terraza. EFE

El Ayuntamiento de Cáceres ha aprobado su nueva normativa para la regulación de las terrazas en los establecimientos con terrazas de la ciudad. A partir del miércoles 26 de octubre estará abierto el plazo de 15 días hasta su entrada en vigor el 17 de noviembre.

Pero, ¿qué contiene la normativa y cómo afecta a los bares y restaurantes de Cáceres? Te lo desgranamos a continuación.

  • Permitir una mayor ocupación. Ahora una mesita de noche con una mesa y cuatro sillas no puede superar los 2,5 metros cuadrados. Duplica la superficie hasta 5 metros cuadrados.
  • El recinto se puede fijar al suelo. La modalidad de cerramiento deberá decidirse por resolución de la Alcaldía y previo dictamen del Comité Técnico Municipal de Terrazas.
  • Alcance temporal de la licencia. A la fecha, estas autorizaciones tienen vigencia todos los años. En el nuevo texto normativo, tienen una vigencia máxima de cuatro años, siempre que se mantengan las condiciones de autorización.
  • Se ponen límites a la posible contaminación acústica de las terrazas. Por tanto, cuando se apruebe el uso de mobiliario y ayudas de bajo impacto acústico, se limita el acceso a un máximo de 25 vigilantes y se pueden realizar actividades por la noche.
  • El Ayuntamiento podrá establecer pasillos de seguridad para permitir la entrada y salida de personas de las viviendas y la libre circulación entre terrazas.
  • La ordenanza facilita la instalación de terrazas en los bulevares. La distancia será el cruce de la calzada en el paso de peatones. La excepción es que algunos límites establecidos se pueden guardar después de que el Comité Técnico de Terraza haya sido informado. Una de estas limitaciones es que no pueden superar las 25 mesas.
  • Permite la instalación de terrazas con cerramientos anclados y no permanentes, la estructura debe ser tal que las terrazas queden aseguradas sin apoyo en la fachada, además los cerramientos laterales deben ser desmontables o abatibles para que cuando se pueda pasar el espacio ocupado tiempo de autorización.
  • Las terrazas se montarán y desmontarán del 1 de octubre al 31 de mayo de 8 a 13:30 horas, y del 1 de junio al 30 de septiembre de 8 a 14 horas, con una extensión de media hora los fines de semana más horario de recogida.
  • Infracciones graves por ruido: Las infracciones consideradas graves en el nuevo código incluyen que los hoteleros no cumplan con las condiciones para reducir el impacto acústico o la molestia debido al ruido en los patios, que puede ser molesto. Impactar permanentemente en el vecindario o llegar a tiempo debido a un uso fuera del normal.
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Equipo local de redacción de Cáceres Noticias